El derecho de Noelia Castillo a la eutanasia, según la sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 12 de Barcelona, plantea un debate legal y ético. Es el primer caso de eutanasia en España que llega a los tribunales.
Esta joven de 24 años ha intentado suicidarse en varias ocasiones. La última en 2022, quedando parapléjica al lanzarse desde un quinto piso, aunque puede caminar con muletas y desplazarse en silla de ruedas. Sus padres, separados, se oponen a que su hija ponga fin a su vida. Consideran que no puede emitir un consentimiento libre, debido a los trastornos mentales y a su discapacidad del 74%. Sostienen que, con una adecuada atención psicológica, podría llevar una vida digna durante muchos años, aunque su enfermedad sea irreversible y no tenga cura.
Según la Generalidad de Cataluña, la solicitante de este derecho cumple con todos los requisitos legales necesarios para recibir “la prestación de ayuda” para morir.
Un día antes de la fecha prevista para aplicarle la eutanasia, el padre presentó recurso contencioso-administrativo contra la resolución del órgano de la Administración catalana, que establecía cumplir con los requisitos como “beneficiaria de la prestación”. La sentencia de 14 de marzo de 2025, dictamina que el padre carece de legitimación para actuar en nombre de su hija, mayor de edad, que no está incapacitada legalmente.
Sin embargo, el Ministerio Fiscal entiende que el padre forma parte allegada familiar para oponerse a la eutanasia de su hija. La magistrada, pese a inadmitir el recurso planteado, fundamenta conceder la eutanasia a la solicitante en atención a las numerosas pruebas periciales del expediente administrativo.
El letrado del padre, la Fundación Abogados Cristianos, ha anunciado que presentará recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Sostiene que su cliente está legitimado para oponerse a la eutanasia de su hija, por formar parte del círculo jurídico vital, argumentando que ella no puede emitir un consentimiento libre por tener afectadas las facultades mentales. Además, señala una posible nulidad de actuaciones, por el desacuerdo fingido en la dupla conformada por un jurista y un médico, para dejar la decisión en manos de los 19 especialistas de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña.
Este organismo, dependiente de la Generalidad, refleja su composición política: 109 parlamentarios apoyan la eutanasia frente a 26 que se oponen. Con un trastorno límite de la personalidad, la Comisión concluyó que Noelia prestó su consentimiento libremente.
La eutanasia de Noelia se ejecutará cuando sea firme la sentencia. Dado lo controvertido del caso, es previsible que recorrerá otras instancias judiciales como el Tribunal Supremo o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Esto permitirá que Noelia siga viviendo durante este tiempo.
La ley de eutanasia fue aprobada el 18 de marzo de 2021 en el Congreso, con 202 votos a favor y 141 en contra, sin debate social y sin los informes técnicos consultivos, que requieren este trascendente asunto. Con esta ley el Estado se convierte en un colaborador necesario de la cultura de la muerte, recortando el elevado gasto sanitario de estos enfermos, en vez de aportar soluciones positivas de protección de la vida.
El Preámbulo de la ley señala que se pretende “legislar para respetar la autonomía y voluntad de poner fin a la vida de quien está en una situación de padecimiento grave, crónico imposibilitante o de enfermedad grave e incurable, padeciendo un sufrimiento insoportable que no puede ser aliviado en condiciones que considere aceptables, lo que denominamos un contexto eutanásico”. Cuando el dolor y la enfermedad son parte integrante de la vida de las personas.
El derecho fundamental a la vida decae en favor del valor superior de la libertad. En su nombre, cuántos crímenes se han cometido. En mi opinión, sin el derecho a la vida, desde la concepción hasta la muerte natural, no puede darse ningún otro derecho. Habría que calificar esta ley, que se ha blindado con la constitucionalidad de Conde-Pumpido, de inhumana e inmoral. El caso de Noelia es paradigmático. El Estado ha de velar siempre por la salud de sus ciudadanos y resolver los sufrimientos imposibles, mediante los cuidados paliativos posibles. Admitir que la única “solución final” de Noelia consista en ser “beneficiaria de la prestación” al exterminio —en nombre de la libertad—, revela el grado de enfermedad y degradación de una sociedad.